LEY SECA POR ELECCIONES
Con el objetivo de asegurar el orden y garantizar el desarrollo de la jornada electoral, y de conformidad con el artículo 348 del Código Electoral del Estado de México, los días 5 y 6 de junio queda prohibida la venta de bebidas embriagantes, en las unidades económicas cuya actividad principal sea esa.
Quedan exentos los restaurantes cuya actividad principal sea la venta de alimentos preparados y tengan como actividad complementaria la venta de bebidas alcohólicas.
La restricción dará efecto a partir de las 00:00 horas del sábado 5, hasta las 23:59 horas del domingo 6 de junio.